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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1944-05-12_Extraordinaria. Acta de sesión 1944/05/12_Extraordinaria
Acta de sesión 1944/05/12_Extraordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.3.13.052/1.1944-05-12_Extraordinaria
Título Acta de sesión 1944/05/12_Extraordinaria
Data(s) 1944-05-12 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 13,15 1. Presidida por don Rafael Picó y con asistencia del vicepresidente Sr. Fontoira Peón y de los vocales señores González Babe, Alcántara Fernández, Peláez Merino y García Señorans, celebra sesión extraordinaria la Comisión Gestora de esta excma. Diputación, siendo las diez horas del día de hoy, doce de mayo de mil novecientos cuarenta y cuatro, previamente convocada con arreglo a las disposiciones legales y con objeto de estudiar, discutir y en su caso aprobar el presupuesto extraordinario para cubrir del empréstito con el Banco de Crédito Local de España por valor de 17.000.000 de pts. Actúa de secretario el que lo es de la Corporación Sr. Posse García y asiste el interventor de fondos Sr. Lorente Sanjurjo. De conformidad con la convocatoria se dio lectura por el secretario autorizante a los antecedentes del presupuesto extraordinario que se forma para ejecución del plan de obras aprobado en la sesión de 28 de febrero último con las modificaciones propuestas por el Banco de Crédito Local y por la intervención, recogidas por la Comisión de Presupuestos, cuya memoria y proyecto definitivo dicen así: Memoria de la Comisión de Presupuestos relativa al extraordinario "C". De conformidad con lo dispuesto en el artículo 296, apartado 4º, del estatuto municipal, aplicable a la formación de los presupuestos provinciales en virtud del artículo 195 del estatuto provincial, la Comisión de Presupuesto que suscribe tiene el honor de elevar la presente memoria sobre los ingresos y gastos del presupuesto extraordinario de referencia. Ingresos: Este presupuesto está dotado, en esta parte, por un empréstito concertado con el Banco de Crédito Local de España, de diez y siete millones de pesetas, según acuerdo de la Comisión Gestora de esta Diputación de 28 de febrero del corriente año y de conformidad con el artículo 283 del estatuto provincial. Para cumplimiento del artículo 256 del mismo estatuto, cuenta esta Diputación con las siguientes cantidades para atender al servicio de intereses y amortización de esta operación de crédito: 10% aportación municipal ...............................89.224´95 10% arbitrios...................................................20.230´00 10% contribución rústica y pecuaria ..............751.438´80 Total ..............860.893´75 Esta cantidad capitalizada a un interés del 4´50 % en los siguientes años, representa el capital que se indica a continuación: En 10 años, 860.893´75 pts al 4´50 %........................6.800.000´00 En 20 " " " " ......................11.000.000´00 En 25 " " " " ......................12.750.000´00 En 30 " " " " ......................14.000.000´00 En 40 " " " " ......................15.800.000´00 En 50 " " " " ......................17.100.000´00 Gastos: La inversión de los diecisiete millones de este presupuesto se distribuyen de la siguiente manera: En el capítulo 6º figura la consignación de 260.000 pts para pago de los servicios extraordinarios que el secretario, interventor y depositario de conformidad con el decreto de 23 de diciembre de 1943 que aclara los artículos 38 y 83 del reglamento de funcionarios del 23-8-924, vigente y el artículo 5º del reglamento del cuerpo de depositarios de fondos de administración local, así como al artículo 8º de la R.O. de 7-2-41 y otras disposiciones sobre la materia. Esta gratificación es a distribuir en forma proporcional a los sueldos que disfrutan los funcionarios de referencia. Igualmente se consignan 5.000 pts para los gastos de material de oficina anejos a este presupuesto. 1.000.000 de pts tiene de consignación el capítulo 7º para saneamiento de la marisma de Campañó para selección de ganado vacuno. En el presupuesto extraordinario de gastos para 1944, aprobado por las cortes, figura la partida de 1.000.000 de pts con destino a la compra de una finca capaz para 100 cabezas de ganado vacuno, adquisición de estos animales y de 70 reproductores más de razas extranjeras, además de atender otras instalaciones que detalla. La marisma de Campañó, propiedad del Ayuntamiento puede ser fácilmente saneada y puesta en condiciones de cultivo, lo que una vez logrado puede ofrecerse al Estado para instalar en ella el centro de selección con métodos semejantes a los que actualmente sigue la misión biológica de Galicia para mejora del ganado de cerdo. Con ello se logran los anhelos de esta Diputación y restantes de Galicia y de los centros de investigación agrícola y ganadera con ellas conectados desde hace varios años. La consignación del presupuesto del estado se reserva para compra de terrenos colindantes que se precisen, instalación de construcciones y adquisición de ganado. El Estado correrá con los gastos de entretenimiento de este centro. En el capítulo 9º figuran 500.000 pts para fomento de la vivienda. Estimular la construcción de la vivienda en los medios urbano y rural acomodándose a las normas dictadas para la vivienda protegida y concertando su actividad con el Instituto Nacional de la Vivienda y con la obra sindical del Hogar y Arquitectura, es la labor, tan necesaria en los momentos presentes, que se impone esta Diputación, siguiendo con ello las normas dadas por el Estado, así como su ejemplo, en esta meritoria labor. El capítulo 11, Obras Públicas y edificios provinciales, es el que acapara, por su importancia y necesidad la mayor consignación de este Presupuesto. En él figuran 11.000.000 para construcción de 60 caminos vecinales con una longitud total de 286.362 metros. Todos los Ayuntamientos de la provincia disfrutarán del establecimiento de nuevas redes de comunicación. La construcción de este plan contará con fondos únicos de este empréstito, exigiendo a los Ayuntamientos nada más que los terrenos que habrán de ocuparse. La adaptación de la cárcel actual a Audiencia provincial cuenta con un millón de pesetas de consignación. Dada la insuficiencia del edificio actual de la Audiencia para sus necesidades y la imposibilidad de su ampliación se crea ésta en el edificio que ocupa actualmente la prisión provincial, una vez trasladada ésta a la nueva cárcel. Dicha prisión provincial pertenece a la Junta de Partido, que lo cederá a la Diputación, contribuyendo igualmente el Ayuntamiento de Pontevedra a las obras a realizar. La creación de un pabellón de infecciosos en el Gran Hospital Provincial, pabellón que hasta la fecha no existe, es una de las obras de más urgencia a realizar por esta Diputación. Figuran en este presupuesto con la consignación de 400.000 pts. Para la ampliación del actual Hospicio hay consignadas dos millones de pesetas. La insuficiencia del actual, la mala organización, sin talleres ni clases, etc., hace que también esta obra adquiera un carácter de primera necesidad. Las mayores obligaciones a cumplir hoy por las Diputaciones que redundan aumentos de servicios hacen necesario el acondicionamiento de los edificios provinciales para que puedan cumplir las necesidades actuales. Acoplamiento de dependencias, aprovechamiento de partes muertas del edificio etc., se pueden llevar a cabo con la cantidad de 100.000 pts que figuran en este capítulo para tales fines. Necesariamente la puesta en vigor de este presupuesto ocasiona forzosos gastos, tales de escrituración, emisión, contratación etc., que tienen consignación adecuada en el capítulo 15, crédito provincial, 700.000 pts son suficientes para atender toda esta clase de gastos y obligaciones. La Comisión de Presupuesto que suscribe, no cree necesaria hacer más extensa esta memoria por cuanto las direcciones de los servicios y técnicos correspondientes presentan un estudio detallado de cada uno de los conceptos de este presupuesto, estudios que acompañan a este expediente= Pontevedra 3 de mayo de 1944= La Comisión de Presupuestos= Rafael Picó= Carlos Amabitarte= José Alcántara= Antonio Posse= Rubricados= Hay un sello que dice así "Diputación Provincial de Pontevedra". Presupuesto extraordinario "C". ___________________ Resumen general ________________ Ingresos Gastos 17.000.000 Crédito provincial Personal y material 260.000 Salubridad e higiene 1.000.000 Asistencia social 500.000 Obras públicas y edificios provinciales 14.500.000 Crédito provincial 740.000 __________ ___________________ ____________ 17.000.000 Nivelado 17.000.000 ____________________________________________________ Ingresos Capítulo 13º artículo único. Operaciones de crédito provincial. Producto del empréstito que se concierta con el Banco de Crédito Local de España, para atender a los gastos de este presupuesto, según expediente para llevar a cabo la operación. Conceptos.....17.000.000´00. Artículos.....17.000.000´00. Total capítulo.....17.000.000´00. Gastos Capítulo 6º artículo 1º. Personal y material. Para pago de servicios extraordinarios según decreto de 23-12-943 al secretario, interventor y depositario del 1´50 % del presupuesto en partes proporcionales a los sueldos. Conceptos.....225.000´00. Para material de oficina. Conceptos.....5.000´00. Artículos.....260.000´00. Capítulo.....260.000´00. Capítulo 7º artículo 1º. Salubridad e higiene. Saneamiento de la marisma de Campañó, para ofrecerla al Estado a los fines de instalar el centro de selección del ganado vacuno. Conceptos.....1.000.000´00. Artículos.....1.000.000´00. Total capítulo.....1.000.000´00. Capítulo 9º artículo 2º. Asistencia social. Fomento de la vivienda en conexión con el Instituto Nacional de la Vivienda. Conceptos.....500.000´00. Artículos.....500.000´00. Capítulos....500.000´00. Capítulo 11º artículo 2º. Construcción de caminos vecinales. Construcción de 60 caminos vecinales con una longitud total de 286´362 metros, según el plan del servicio. Conceptos.....11.000.000´00. Artículos.....11.000.000´00. Capítulo 11º artículo 8º. Otras obras. Adaptación de la cárcel actual a Audiencia Provincial. Conceptos.....1.000.000´00. Artículos.....1.000.000´00. Capítulo 11º artículo 9º. Construcción de edificios provinciales. Construcción del pabellón de infecciosos en el Gran Hospital. Conceptos.....400.000´00. Artículos.....400.000´00. Reparación y conservación de edificios provinciales. Ampliación del actual Hospicio. Conceptos.....2.000.000´00. Acondicionamiento de edificios provinciales. Conceptos....100.000´00. Artículos....2.100.000´00. Capítulos....14.500.000´00. Capítulo 15º artículo único. Crédito provincial. Gastos de escrituración, emisión, contratación, derechos reales, etc. que se ocasionen con la puesta en vigor de este presupuesto. Conceptos.....740.000´00. Artículos.....740.000´00. Capítulos....740.000´00. Importan los gastos: ..............17.000.000´00. Bases para la aplicación del presupuesto extraordinario. Base 1ª Cuantía del presupuesto. El presupuesto extraordinario se presenta nivelado en la cantidad de 17.000.000 de pts, y cubre los gastos que motivaron su formación. Base 2ª Duración de las obras. Las obras a efectuar según el plan y cuantía que se fija en este presupuesto tendrán una duración mínima de cinco años. Base 3ª Plan de ejecución de las obras. El plan de ejecución de las obras ha de ser necesariamente acordado por el Pleno de la Corporación. Se iniciarán simultáneamente las obras de construcción, ampliación y reparación de edificios provinciales, desecación de terrenos y construcción de caminos vecinales. Sin embargo, teniendo siempre en cuenta la alta conveniencia de los servicios, la comisión gestora podrá alterar el orden de ejecución en acuerdo suscrito por la totalidad de diputados y razonado convenientemente. Base 4ª Condiciones para la realización de los pagos. No se hará pago alguno con cargo a este presupuesto sin que previamente se acompañe la oportuna certificación acreditativa de la obra realizada expedida por el técnico correspondiente, la cual, una vez aprobada por el pleno de la Diputación, será remitida por medio de copia autorizada al director del Banco de Crédito Local de España al objeto de la provisión de fondos necesarios para cubrir el gasto. Base 5ª Gratificación al secretario, interventor y depositario. En cuanto a la gratificación que beneficia al secretario, interventor y depositario provinciales para la confección de este presupuesto extraordinario, se tendrá en cuenta lo que dispone la circular de la Dirección General de Administración Local de 23 de diciembre de 1943. Esta gratificación se hará efectiva por trimestres vencidos y proporcionalmente a los pagos que se hayan realizado en dicho período de tiempo. Se remitirá al Banco de Crédito Local de España certificación acreditativa del 1´50 % importe de estas gratificaciones extraordinarias. Base 6ª Normas de aplicación supletoria. En todo lo no previsto en estas bases, se aplicarán las del presupuesto ordinario de 1944, con las vacantes que imponen las circunstancias de extenderse al presupuesto extraordinario. Rafael Picó- presidente Antonio Posse- secretario= Hay un sello que dice- Diputación Provincial de Pontevedra. La Comisión Gestora, acuerda por unanimidad aprobar la memoria, presupuesto extraordinario y bases para su aplicación transcriptos a lo que deberá dársele el trámite reglamentario; cumplir cuanto se dispone en al sección 2ª, capítulo 6º libro 2º del estatuto provincial ya que se utilizan todos los recursos especiales que en él se autorizan para atender al servicio de intereses y amortización que constituye la parte de ingresos; que por la presidencia se interese del Banco de Crédito Local las condiciones para concertar en firme el empréstito en la cuantía de diez y siete millones de pesetas; y someter la imposición que consiste en el recargo del 10 % sobre las cuotas del tesoro de la contribución rústica y pecuaria a ratificación expresa de los ayuntamientos para cumplir lo que dispone el artículo 260 del estatuto provincial cuya conformidad deberá requerirse de cada uno en comunicación que le dirija, la presidencia advirtiéndole que para la construcción de los caminos vecinales la Diputación hará el desembolso total de su importe si de la aportación que se exigía a los ayuntamientos quedando sólo obligados a la entrega de los terrenos, habiéndose hecho ya cálculo del coste kilométrico con esta previsión. Y no siendo otro el objeto de la sesión, se levantó ésta, a las once horas cuarenta y cinco minutos del ya citado día, de la que se extiende la presente acta que como secretario certifico. ------
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