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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1934-04-04_Ordinaria. Acta de sesión 1934/04/04_Ordinaria
Acta de sesión 1934/04/04_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.3.13.050/1.1934-04-04_Ordinaria
Título Acta de sesión 1934/04/04_Ordinaria
Data(s) 1934-04-04 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 43 Señores que asistieron: Viñas (Presidente), Quinteiro, Tapia, Solla, García y Domínguez (vocales). Pleno. Presidencia del Señor Viñas del Monte. Vocales Sres. Quinteiro Martínez, Tapia Seoane, Solla Fontenla, Varela Castro y Domínguez Ferradás, actuando de Secretario el que lo es de esta Diputación Sr. Ramos Cerviño. Abierta esta sesión plenaria a las ? de este día de orden de la Presidencia se dio lectura a la anterior que fue aprobada. ------ Folla: 43,48 1. Se dio cuenta en esta sesión del dictamen de la Comisión de Hacienda presentando a la Gestora el proyecto de presupuesto provincial para el año 1934 quedando aprobado, pero tanto el dictamen como el presupuesto que se cifra en 3.266.726 pesetas 97 céntimos y que aparece nivelado se inserta en este libro de actas del Pleno para no interrumpir la continuidad de todos los presupuestos de la Corporación provincial que se vienen incluyendo en el mismo. Dictamen de la Comisión de Hacienda. A la Excma. Comisión Gestora. En presencia del presupuesto de esta Diputación provincial que rigió durante el año 1933 y del anteproyecto de presupuesto para el año 1934 confeccionado por la Intervención de esta Diputación conforme a lo dispuesto en el artículo 1º del Decreto del Ministerio de la Gobernación de 4 de diciembre de 1931 y a lo preceptuado por la Ley de Administración y Contabilidad de la Hacienda pública de 1º de julio de 1911, esta Comisión de Hacienda, después de detenido estudio, acordó introducir en él las siguientes modificaciones: Cº art. Aumentos en la parte de gastos Pesetas 1º-1º Se aumenta la consignación para asistencias de los vocales del Tribunal provincial de lo contencio- so-administrativo por resultas deficientes la consig- nación de años anteriores. 1.200 Por razón de reconocimiento que se hizo a favor del Jefe provincial de Administración Local de que el quinquenio vencido en 1º de marzo de 1931, se rigiese por lo dispuesto en el Reglamento de orden interior de esta Diputación, se elevó dicho quinque- nio de 500 a 800 pesetas, por lo cual resulta un au- mento de 300 1º-2º Aumento en la prima de seguro contra incendios del Palacio provincial. 14,10 Aumento por donativo al Asilo de Hermanitas de los Ancianos desamparados de Pontevedra para seguro contra incendios de la Casa asilo. 150 La consignación concedida por la Diputación en 29 de diciembre de 1930 al ayuntamiento de Arbo para construcción de la Casa consistorial, carece de base legal, pero el hecho de no haber sido objeto de re- clamación alguna durante el periodo de exposición al público la consignación del primer plazo de subven- ción en el presupuesto de 1931, y no habiéndose de- clarado lesivo oportunamente el acuerdo de conce- sión, tienen este a juicio de esta Comisión estado le- gal, por tanto, procede la consignación del 2º plazo de la citada subvención. 6.666,66 1º-3º Se consignan como créditos reconocidos las siguien- tes partidas: A D. Sebastian Santos Riveiro importe de una factu- ra de trabajos de fontanería. 56,75 A Vázquez Lescaille por importe de una factura. 52,00 Al Servicio de cédulas personales por factura de ma- terial de oficina. 303,55 1º-5º Se consigna como nueva partida la pensión de viude- dad que acordó conceder la Comisión Gestora a la viuda del practicante del Gran Hospital provincial D. Jesús Lis, fallecido a consecuencia de una infección adquirida en actos de servicio. 2.250,00 1º-8º En vista de la liquidación practicada por la Diputación de Ourense de la disuelta mancomunidad para la construcción de la Leprosería del Noroeste de Espa- ña, resulta a cargo de esta Diputación el 37,50% conforme a la prorrata acordada del saldo igual a 79.191,43 pesetas o sea 29.696,69 1º-11º En este artículo es preciso aumentar por contribu- ción urbana 49,36 Y por contribución rústica 93,32 También es preciso aumentar por impuesto de u- tilidades. 1.377,00 Para energía y material eléctrico. 3.500,00 Para combustible de calefacción. 2.500,00 Para el servicio de aguas y alcantarillado. 292,00 Para hospedaje de pobres sujetos al tratamiento antirrábico. 1.000,00 Para el alquiler del edificio donde se aloja la Com- pañía de Gurdias de Asalto. 6.072,00 2º-3º Las habilitaciones necesarias en el ejercicio próxi- mo pasado para satisfacer los viajes de los Seño- res vocales de la Comisión Gestora obligan a au- mentar la correspondiente partida en 6.800,00 4º-2º Se consigna el aumento de gratificación del orde- nanza D. José Bermúdez por el trabajo extraordi- nario que impone el cuidado del motor y bomba que abastece de agua a los jardines de esta Di- putación. 300,00 5º-1º En rectificación de la consignación para premios a los gestores de recaudación de cédulas perso- nales es menester aumentarla en 7.711,81 Para impresión de hojas declaratorias del impues- to de cédulas personales, es menester consignar. 6.250,00 También es necesario consignar para adquirir timbres, hojas declaratorias, talonarios y demás gastos similares que sean causados por la recau- dación de arbitrios y tasas. 5.000,00 Para adquirir cédulas personales del año 1934. 2.937,40 Para sueldo de un botones del servicio de cédu- las personales. 1.460,00 Para tarifas y clasificar las cédulas personales. 900,00 6º-1º Como consecuencia de la corrida de escalas del personal administrativo y de la nueva plantilla del mismo, de la dotación de la plaza de tenedor de libros y de la consignación de los quinquenios 3º y 7º del Secretario y del Interventor respectivamen- te de esta Diputación y la elevación del sueldo del ordenanza de esta Diputación se produce un au- mento en este artículo de 25.936,82 7º-3º La primera de las obligaciones mínimas que el art. 128 del Estatuto provincial impone a las Diputacio- nes, es la de subvencionar las obras de carácter sanitario que lleven a cabo los ayuntamientos de la provincia. Por ello esta Comisión de Hacienda, incluye las siguientes subvenciones: Al ayuntamiento de Vilagarcía por construcción de dos fuentes y un lavadero en Aralde. 2.500,00 Al idem. de Moaña para obras de arreglo de fuen- tes y lavadero. 2.950,00 Al idem. de Bueu para arreglo de las fuentes y la- vadero denominado Tenxiberos en el lugar de Sa- borigo. 1.000,00 Al idem. de A Estrada para reparaciones de fuen- tes. 1.000,00 Al idem. de Cotobade para reparación de fuentes. 2.000,00 Al idem. de Vilagarcía el pimer plazo de la subven- ción de 50.000 pts concedida para la construcción de un edificio destinado a Sanatorio para consul- tas y curación de enfermedades infecto-contagiosas. 16.666,66 8º-1º Se consigna la gratificación concedida por la Comi- sión Gestora, en el ejercicio próximo pasado al Ins- pector de la Beneficencia provincial. 5.000,00 8º-2º El presupuesto especial del establecimiento provin- cial "La Gota de Leche" arroja un aumento necesa- rio de 1.220,00 8º-3º El presupuesto especial del Gran Hospital provincial arroja un aumento necesario de 118.485,30 El idem. del Sanatorio"Gil Casares" es de 76.680,00 La consignación para Leproserías es necesario au- mentarla en 6.042,50 Esta Comisión de Hacienda juzga un deber subven- cionar a la institución benéfica "Siervas de María" de Pontevedra. 1.250,00 8º-4º También juzga un deber esta Comisión de Hacien- da restablecer la subvención suprimida el año 1932 para sostenimiento del Asilo de "Hermanitas de los pobres" de Vilagarcía. 1.000,00 8º-5º Tanto el aumento del número del dementes reclui- dos en Manicomios por cuenta y orden de esta Di- putación, como el aumento probable del precio de las estancias aconsejan aumentar la consignación en este artículo en 77.235,00 9º-2º Esta Comisión de Hacienda considera un deber au- xiliar económicamente a la Junta de Socorros domi- ciliarios de Pontevedra en 500,00 Y también del Pósito de Pescadores de Cangas en 2.000,00 9º-3º Dado el número de obreros de Vías y Obras provin- ciales que existe en la actualidad es preciso aumen- tar la consignación para satisfacer las cuotas en la Caja Regional del Retiro Obrero en 200,00 10º-5º Es preciso aumentar la consignación para escuelas de sordomudos y ciegos en 1.625,00 10º-10 En virtud del magnífico resultado obtenido por las Colonias escolares organizadas por la Inspección de 1ª Enseñanza de esta provincia y a petición del Inspector Sr. Novás se aumenta la consignación donativo en 1.000,00 10º-10 Con el aumento considerable que han tenido las excursiones extranjeras de Turismo a esta capital aumentó proporcionalmente el trabajo del Guarda Portero del Museo Arqueológico de Sto. Domingo y por ello esta Comisión considera un deber de a- nular la gratificación que desfruta dicho Guarda- Portero en 250,00 10º-11 También considera con deber ineludible de la Di- putación contribuir a enaltecer y hacer perdurable los nombres de aquellos ciudadanos de la provin- cia que con sus actos la honraron y por ello juzga la Comisión que la Diputación debe contribuira la creación de un monumento del Mariscal Pardo de Cela en A Estrada, con 500,00 11º-2º Se aumenta la consignación para amortización e intereses del Banco de Crédito Local de España por razón del contrato de la mancomunidad de Di- putaciones de regimen común en 35.887,61 11º-3º En virtud del aumento de consignación en los pre- supuestos del Estado para la conservación de los caminos vecinales, se aumenta la partida corres- pondiente en 36.057,12 11º-4º Se aumenta la consignación para expropiaciones con la cantidad que se juzga suficiente en el co- rriente ejercicio para terrenos ocupados por la ca- rretera de Prado a Camanzo en 25.000,00 11º-8º Utilizando esta Diputación el "Asilo de Hermanitas de los ancianos desamparados" de Pontevedra co- mo asilo de indigentes en el cual tiene asilados 92 ancianos, cree un deber atender a la seguridad de los asilados evitando enlo posible el peligro de in- cendio del edificio. Para esto y teniendo en cuenta la imposibilidad económica de la Comunidad que ri- ge el citado Asilo, se consigna para sustituir la ins- talación eléctrica del edificio que por su vejez origi- na a cada paso corta circuitos, la cantidad de 1.500,00 11º-8º Considera esta Comisión de Hacienda de acuerdo con el espíritu del Estatuto provincial un deber de auxiliar las obras de reparación y conservación de los caminos vecinales que no han sido incluidos en el plan de construcción y por este motivo acuerdo incluir en presupuesto las siguientes subvenciones que se han de someter para su pago a las condicio- nes que rigen esta materia según el acuerdo de la Diputación provincial de abril de 1905. Al ayuntamiento de O Rosal para reparación de la rampa que desde la carretera de A Guardia a For- nelos da acceso a los barrios de Pancenteno y Fi- cha. 3.000,00 Al idem. de Vilagarcía para reparación del camino o puentes Lodeiro en Aralde. 1.000,00 Al mismo ayuntamiento para reparación del camino de La Galufa. 1.500,00 Al idem. de Bueu para reparar el camino al lugar de A Torre en Cela. 5.000,00 Al idem. de A Estrada para arreglo de caminos. 2.000,00 Al idem. de Ponteareas para alquitranado de la plaza. 3.000,00 Para obras en el distrito de Vigo - Tui. 3.000,00 11º-9º Considerando esta Comisión conveniente iniciar dentro del ejercicio de este presupuesto la cons- trucción de un nuevo pabellón en el Gran Hospital provincial por cuya razón incluye la cantidad de 5.000,00 13º-1º En virtud de acuerdo de la Comisión Gestora se eleva el sueldo del delineante topógrafo del servi- cio de Repoblación forestal en 2.000,00 Vista la solicitud del ingeniero director del Servicio de Repoblación forestal en la que se expone que desde el día 15 de enero de 1929 presta sus servi- cios a esta Diputación como tal ingeniero director, y que por tanto el 15 del mes de enero del corriente año completa el primer quinquenio de sus servicios suplica que con arreglo al Reglamento de orden in- terior de esta Diputación se le consigne en su pre- supuesto la cantidad que haya de percibir en el co- rriente año por este concepto y esta Comisión con- siderando justa la petición consignará para dicho fin 575,00 13º-2º Esta Comisión de Hacienda después de estudiar detenidamente el presupuesto especial de este ar- tículo ha llegado a la conclusión de que es necesa- rio el aumento del mismo debido a la construcción del camino forestal de la 1ª zona en la cantidad de 41.866,29 17º-2º Dado el aumento de contratos para construcción de caminos y para pagarle el resto del año anterior se aumenta la consignación para indemnizaciones del personal facultativo de Vías y Obras provincia- les que a su vez satisfarán a esta Diputación los contratistas de las citadas obras así como los de- más que se efectúan por esta Diputación. 7.873,45 18º Uº Se aumenta este capítulo en 1.546,83 Total 607.234,83 Cº art. Anulaciones en la parte de gastos pesetas Bien por vencimiento de las partidas consignadas bien por excesivas las consignaciones del presu- puesto anterior o bien por ser diferibles esta Comi- sión de Hacienda introdujo las reducciones siguien- tes en la parte de gastos del presupuesto para 1934. 1º-2º Prima del seguro contra incendios del Museo provin- cial. 1,70 6º y último plazo de indemnización al ayuntamiento de Pontevedra por cesión de la Administración del Gran Hospital. 101.420,07 Al ayuntamiento de Vilaboa 2º y último plazo de sub- vención para construcción de un cementerio. 5.000,00 1º-9º Para números extraordinarios del Boletín Oficial. 1.900,00 1º-11º La consignación para alquiler de automóviles por excesiva se rebaja en 6.000,00 La destinada a gastos de giros, etc se rebaja en 900,00 1º-11º La destinada a uniformes se rebaja en 250,00 2º-1º La destinada a gastos de representación de la Di- putación provincial se rebaja en 2.600,00 2º-3º La destinada a dietas de los vocales de la Comisión Gestora se rebaja en 2.000,00 5º-1º Se suprime la partida destinada a satisfacer el pre- mio al gestor de la recaudación de la aportación municipal. 25.000,00 7º-3º Por vencimiento se suprime la partida subvenciona- da al ayuntamiento de Poio. 1.500,00 8º-2º El presupuesto especial de la Inclusa provincial se rebaja en 23.120,00 8º-4º La consignación para socorros a hospicianos pue- de rebajarse y se rebaja en 7.391,25 Se suprime por juzgarlas innecesarias las subven- ciones para sostenimiento de la Casa de Caridad de Baiona y del Asilo Benéfico de la Infancia de Vigo. 2.000,00 9º-1º Por vencimiento se suprime la consiganción a favor de la Caja de Ahorros provincial por resto de sub- vención. 14.000,00 9º-2º Se rebaja la consignación para subvención de la Junta de socorros domiciliarios de Vilagarcía. 500,00 Se suprime la consignación para subvención de la cantina escolar de Redondela. 1.000,00 Se suprime por innecesaria en esta capital la con- signación para sostenimiento de una oficina de co- locación obrera. 10.000,00 10º-10 Entiende esta Comisión que la función de la Socie- dad Económica de Amigos del País de Pontevedra ha quedado tan limitada con la creación de la Es- cuela de Formación Profesional que consiente la re- ducción de la subvención consignada en 1.000,00 Los pingües beneficios que obtiene la Caja de Aho- rros y Monte de Piedad municipal de Vigo aconseja la suspensión de la subvención para las Colonias escolares de Rebullón que dicha entidad sostiene. 3.000,00 10º-12 Se reduce la consignación para becas por ser exce- siva la consignación de 1933. 1.250,00 Se suprime por innecesaria la partida destinada a matrículas, libros, derechos de examen, ropa etc pa- ra asilados. 1.500,00 Se rebaja la consignación para sostenimiento de la Escuela de Formación Profesional de Vigo en 4.000,00 Se suprime por haber sido consignada por una sola vez la partida destinada como subvención al Centro Gallego de Barcelona. 1.000,00 11º-1º Se reduce la partida destinada a indemnizaciones del personal facultativo de vías y obras provinciales por carecer de nuevas obras. 6.000,00 11º-2º Se suprime por innecesaria la gratificación a un orde- nanza de vías y obras provinciales. 365,00 Por juzgar suficiente la cantidad que se consigna se rebaja la destinada a satisfacer el 40% de las certifi- caciones de obras de caminos vecinales. 10.000,00 11º-3º Dado el aumento de consignación en los presupues- tos del Estado para la conservación de caminos veci- nales se suprime la cantidad consignada a cargo de esta Diputación para dicho fin. 30.000,00 11º-4º Se suprimen por innecesarias las consignaciones pa- ra expropiaciones de terrenos de pesetas 12.000,00 Y la de Cruces a Ponte Ledesma se rebaja en 15.000,00 11º-9º Se suprime por innecesaria la partida destinada a construcción de una galería en el Gran Hospital. 16.666,66 13º-1º Se suprime por haberse incorporado al sueldo la gratificación que se consignaba a favor del delinean- te topógrafo del servicio de repoblación forestal. 2.000,00 14º-2º Se suprime por innecesaria la partida destinada a be- cas de la Misión Biológica de Galicia. 5.490,00 15º-Uº Por amortización quedó reducida la cantidad debida por esta Diputación a la Caja de Ahorros y Monte de Piedad municipal de Vigo por lo cual la consignación para el servicio de intereses queda reducida en 6.000,01 17º-2º Por cuantía del gestor de la recaudación de la apor- tación municipal queda suprimida la partida destinada a devolución de sus anticipos. 50.000,00 Total 369.854,69 Cº art. Aumentos en la parte de ingresos pesetas 1º-1º En virtud del nuevo contrato de arrendamiento de la parte de este Palacio provincial destinado a habi- ciones del Sr. Gobernador civil y oficinas del Gobier- no se aumenta la consignación en 6.907,20 3º-1º Aumento para formalizar con el Banco de Crédito Lo- cal de España por intereses y amortización debidos a dicho Banco por cuenta de la subvención anual para caminos vecinales. 35.887,61 Aumento de la subvención del Estado para conserva- ción de caminos vecinales. 36.057,12 8º-2º Por razón de haberse aumentado el número de cen- trales productoras de energía hidro-eléctrica en la provincia procede aumentar la consignación por el ar- bitrio provincial sobre tal energía en 1.555,75 Datos fehacientes recogidos por esta Comisión de Hacienda demuestran de un modo indudable la exi- güidad de la cantidad consignada en presupuesto por el arbitrio sobre aguas minero-medicinales. Por otra parte se demuestra de un modo indirecto que la men- cionada consignación es muy inferior a la que debía ser realmente si tenemos en cuenta la facilidad con que una sola de las entidades que embotellan aguas minero-medicinales en esta provincia, satisfizo la tota- lidad de la consignación por tal arbitrio. Bien calculado el importe del producto del arbitrio debe fijarse en 60.000 pesetas anuales lo que produce un aumento de 45.000,00 8º-2º Las liquidaciones semestrales del impuesto denomi- nado Patente Nacional del Automóvil demuestran que se debe aumentar la consignación por participación de esta Diputación en el citado impuesto en 23.000,00 Según datos recogidos en la Jefatura de obras públi- cas de esta provincia la participación de esta Diputa- ción en el canon de transportes mecánicos asciende a 3.000,00 9º-2º Según la obligación de los gestores de cédulas per- sonales el importe bruto de la recaudación por dicho impuesto debe ser aumentado en 132.000,00 11º-3º Lo que a esta Diputación corresponde percibir por recargos provinciales una vez que la tirada de cédu- las personales se satisface a la fábrica de la Moneda y Timbre debe ser aumentado en lo que por dichas cédulas formalizaba la Caja Central de las Diputacio- nes cargándolo en cuenta de recargos y que ascien- de a 3.874,30 17º-2º La consignación por reintegros por otros conceptos se aumenta por resultas así de los datos del antepro- yecto formulado por la Intervención en 13.000,00 Se consigna como reintegro de la Hacienda por an- ticipos para construcción de caminos vecinales 111.788,82 Total 412.068,80 Cº art. Rebajas y anulaciones en la parte de ingresos pesetas 3º-3º Rebaja que resulta de los datos del anteproyecto de la Intervención por donativos de familiares de dementes. 82,89 8º-2º Por no haber sido aprobada la ordenanza para la exac- ción del arbitrio sobre las maderas se suprime la con- signación de 70.000,00 Se juzga exagerada la cantidad consignada como pro- ducto del arbitrio sobre canteras y arenas en 30.000,00 Por la misma razón se rebaja la consignación del pro- ducto de la tasa sobre aprovechamiento de las zonas de servidumbre y urbanización de las vías provincia- les en 3.000,00 9º-1º Según los datos consignados en el anterior proyec- to formulado por la Intervención debe rebajarse la consignación por 5% de rústica 8.938,93 12º-2º Por cesantía del gestor de la recaudación de la apor- tación municipal se suprime la consignación de la can- tidad que debía entregar por anticipos. 50.000,00 17º-2º Con arreglo a los datos de Intervención que figuran en el anteproyecto de presupuesto la consignación por ingreso efectuado por contratistas para el fondo de indemnizaciones del personal técnico de la Dipu- tación se rebaja en 3.000,00 Total 165.021,82 Así pues, el presupuesto de esta Diputación que rigió durante el año 1933 modificado por los aumentos y reducciones que preceden, constituye el adjunto proyecto de presupuesto para 1934, que esta Comisión de Hacienda tiene el honor de someter a la consideración de V. E. para su aprobación o rectificación según proceda. Termina esta Comisión el presente dictamen proponiendo a V. E. se digne acordar que la vigencia de las ordenanzas de arbitrios y tasas sobre energía hidro-eléctrica, sobre aguas minero-medicinales, sobre canteras y arenas y sobre aprovechamientos de servidumbres y zonas de urbanización de vías provinciales, sea indefinida y dure hasta que por la Diputación sean modificadas o anuladas. Palacio de la Diputación a cuatro de abril de mil novecientos treinta y cuatro. Presidente: José Viñas del Monte, A. Llovo, R. Domínguez, Benjamín Quinteiro. Rubricado". ------ Folla: 48,54 2. Presupuesto de ingresos y gastos para el ejercicio de 1934 Cpº art. Ingresos Conceptos Artículos Capítulos Pesetas Pesetas Pesetas Rentas 1º 1º Propiedades A percibir del Estado por alquiler de la par- te del Palacio provincial ocupada por las habitaciones del Sr. Gobernador civil y ofi- cinas del Gobierno 10.000 pts. menos el 1,30% del impuesto sobre los pagos y los timbres de los 12 libramientos median- te los cuales se percibe dicho alquiler. 9.866,40 9.866,40 3º Intereses de efectos públicos y demás valores. Intereses de 10 títulos de la Deu- da perpetua al 4% (3 de la serie C y 7 de la serie A) que suman un capital nominal de 3.800 pts menos el impuesto sobre las utilidades y el timbre. 125 Id. del donativo de D. Plácido Castro 10.000 pts nominales de la Deuda amor- tizable emisión de 1927 libre de descuen- tos. 500 Id. de 6 títulos de la Deuda perpetua al 4% serie A que suman 3.000 pts nominales. 95,40 720,40 4º Boletín Oficial. Por lo que se produce en el Boletín Oficial de la provincia. 126 126 10.712,80 3º Subvenciones y donativos. 1º Subvenciones del Estado. Para formalizar en el Banco de Crédito Local de España por intereses y amor- tización debidos a dicho Banco por cuen- ta de la subvención anual para caminos vecinales. 252.788,77 A percibir del Estado para conservación y reparación de caminos vecinales: líquido. 63.594,76 Idem. idem. para dietas del personal téc- nico de obras públicas. 1.320 317.703,53 2º Subvenciones de Corporaciones locales. A percibir de los aytº que concursaron caminos vecinales por subvención del 40% de los presupuestos de construcción de dichos caminos. 150.000 A percibir del aytº y Junta de Partido de Pontevedra, por partes iguales, la subvención para alquiler de la casa Au- diencia provincial. 1.500 A percibir de las Diputaciones provincia- les de A Coruña, Lugo y Ourense por partesiguales el sueldo del director del Servicio de Investigación Biológica. 15.000 166.500 3º Donativos: donativos de familiares de de- mentes recluidos en Manicomios por cuenta y orden de la Diputación. 2.490 486.693,53 8º Arbitrios provinciales. 2º Imposiciones o percepciones. Producto del arbitrio provincial sobre ener- gía hidro-eléctrica producida en la provincia. 5.427,50 Id. del id. sobre aguas minerales 0,05 pts por 1 litro o parte de litro embotellada. 60.000 Id. del id. sobre canteras y arenas. 35.000 Id. de la tasa sobre aprovechamientos de servidumbres y zonas de urbaniza- ción de vías provinciales. 2.000 A percibir del Tesoro por la participación de la Diputación provincial en la paten- te nacional del automóvil. 123.000 A percibir del mismo por participación de la Diputación el el canon de trans- portes mecánicos. 3.000 228.427,50 228.427,50 9º Impuestos y recursos cedidos por el Estado. 1º Contribución territorial. Importe del 5% del cupo del Tesoro por la contribución sobre la riqueza rústica y pecuaria. 189.517,24 2º Cédulas personales. Ingreso bruto que se calcula producirá el impuesto de cé- dulas personales. 980.346,44 1.169.863,68 10º Cesión de recursos municipales. 1º Aportación municipal forzosa: importe de la aportación municipal forzosa me- nos lo que debe deducirse en virtud de lo dispuesto por el apdo. A del art. 232 del Estatuto provincial. 789.632,64 789.632,64 11º Recargos provinciales. 3º Derechos reales y transmisión de bie- nes y timbre. A percibir de la Caja Cen- tral de las Diputaciones provinciales por este concepto. 238.608 238.608 17º Reintegros. 2º Por otros conceptos. A percibir del Es- tado a cuenta de las pts 2.050.589,31 que importa el saldo de la liquidación de los anticipos hechos por esta Dipu- tación al Estado para la construcción de la carretera general de Villacastín a Vigo y sus ramales en esta provincia. 200.000 A percibir de los contratistas de obras provinciales para el fondo de indemni- zaciones del personal técnico. 12.000 Reintegro de la Hacienda por anticipos de los ayuntamientos para construcción de los caminos vecinales. 111.788,82 Reintegros por otros conceptos. 19.000 342.788,82 Total de la parte de ingresos 3.266.726,97 La Comisión gestora de esta Diputación provincial, en sesión del día de hoy, acordó prestar su aprobación a este presupuesto. Pontevedra, 4 de abril de 1934. El Presidente: José Viñas del Monte. Rubricado. El Secretario: José Ramos. Rubricado. Cpº art. Gastos Conceptos Artículos Capítulos Pesetas Pesetas Pesetas 1º Obligaciones generales 1º Servicios del Estado. Para gastos cau- sados por el Tribunal provincial de lo contencioso administrativo: Asistencias de los vocales no magistrados. 6.000 Para personal. 9.000 Para material de oficina. 2.500 Para satisfacer estancias que causen los menores de esta provincia sometidos a los tribunales tutelares. 400 Para alquiler de la Casa Audiencia. 3.450 Para material de oficina de la Presidencia de la Junta provincial del Censo. 750 Para id. del Inspector provincial de Sanidad. 750 Sueldo del jefe provincial de Administra- ción local con abono de 5 quinquenios vencidos en 1º marzo 1931. 12.800 Aumento gradual de sueldo a los maes- tros de la provincia. 1.894,86 Para mobiliario y efectos de las habitacio- nes del Gobernador civil. 1.500 Para servicio de bagajes de la provincia. 7.000 Sueldo del secretario de la Junta provin- cial de beneficencia. 400 51.244,86 2º Pactos y compromisos. Prima del seguro contra incendios del Palacio provincial. 511,75 Id. id. contra id. del Museo provincial. 46,95 Id. id. contra id. de los edificios de la Granja provincial de Salcedo. 145,15 A la superiora del Asilo Hermanitas de los Ancianos Desamparados de Ponte- vedra y para satisfacer la prima del se- guro de la Casa Asilo. 150 Al aytº de Arbo el 2º plazo de subven- ción para Casa consistorial. 6.666,66 7.520,51 3º Deudas. A D. Sebastian Santos Riveiro importe deuna factura de trabajos de fontanería. 56,75 A Vázquez Lescaille, importe de una factura. 52 Al servicio de las cédulas personales por factura de material de oficinas. 303,55 412,30 5º Pensiones. Jubilaciones Una de 3.840 pts. 3.840 Una de 5.200 pesetas 5.200 Una de 720 pts. 720 Una de 7.000 pesetas. 7.000 Una de 8.560 pesetas. 8.560 Una de 7.440 pesetas. 7.440 Dos de 6.360 pesetas. 12.720 Una de 6.280 pesetas. 6.280 Una de 4.000 pesetas. 4.000 Una de 8.448 pesetas. 8.448 74.608 Pensiones de viudedad Una de 5.250 pesetas 5.250 Una de 3.000 pesetas 3.000 Una de 2.150 pesetas 2.150 Tres de 2.000 pesetas 6.000 Una de 1.900 pesetas 1.900 Una de 2.250 pesetas 2.250 Una de 1.250 pesetas 1.250 Dos de 1.000 pesetas 2.000 Tres de 750 pesetas. 2.250 Una de 625 pesetas. 625 Una de 400 pesetas. 400 27.075 Pensiones de orfandad Tres de 1.500 pesetas. 4.500 Una de 1.250 pesetas. 1.250 Tres de 1.000 pesetas. 3.000 Dos de 750 pesetas. 1.500 Dos de 625 pesetas. 1.250 Una de 562 pesetas. 562 Dos de 500 pesetas. 1.000 Una de 366 pesetas. 366 113.111 8º Otros conceptos análogos. A la Diputación provincial de Ourense lo que esta de Pontevedra debe satisfacerle por liquidación de la disuelta leprosería del Noroeste. 29.696,69 29.696,69 9º Inscripciones, anuncios, impresiones y demás gastos similares. Suscripción a 3 ejemplares de la Gaceta de Madrid. 240 Id. al diccionario de Administración (alcubilla) 50 Id al Boletín Oficial del Ministerio de Hacienda. 15 Id. a la Gaceta de Administración. 19,65 Id. a la Administración Práctica. 30,66 Id. para otras suscripciones que se hayan acordado o acuerden durante el ejercicio del presupuesto. 50 405,31 11 Gastos indeterminados. Contribución urbana: Por el Palacio provincial. 472,40 Por la Casa del Museo provincial. 47,24 Por el Palacio de Salcedo. 94,52 Por aumentos en la contribución urbana. 49,36 663,52 Contribución rústica. 1.118,44 Id. sobre persona jurídica. 1.043,21 Para satisfacer el impuesto sobre utilida- des que grava los sueldos no mayores de 5.000 pts del personal activo de esta Diputación provincial. 2.350 Para energía y material eléctrico. 6.000 Para estaciones y conferencias telefónicas y telefonemas. 2.300 Donativo anual al ropero escolar de Pon- tevedra. 375 Para impresiones y encuadernaciones. 250 Para alquiler de automóviles. 23.100 Para gastos de giro, franqueo, apartado de correos, portes y acarreos, descuentos, pólizas, timbres y demás gastos menores. 600 Cuota anual de la Cámara de la Propiedad Urbana. 60 Id. id. para sostenimiento del Cuerpo de Bomberos voluntarios de la capital. 500 Combustible para la calefacción central del Palacio provincial. 3.500 Para servicio de aguas del Palacio pro- vincial de 1932-33 y 1934. 292 Para pago de hospedajes a pobres su- jetos al tratamiento antirrábico. 1.000 Para alquiler del edificio donde se alo- jan los Guardias de Asalto. 6.072,84 254.365,68 2º Representación provincial. 1º De la Diputación y Comisión provincial. Para atender a los gastos a que de lugar la actuación de la Diputación y Comisión provincial. 2.400 2º Gastos de representación del Presidente de la Diputación y Comisión provincial. 10.000 3º Dietas de los Diputados provinciales. Para satisfacer las dietas devengadas por los diputados provinciales por asistencias a se- siones de las Comisiones y del Pleno de la Diputación a razón de 25 pts. dieta. 8.000 Para satisfacer el importe de los viajes que dichos diputados efectúen para asistir a las citadas sesiones. 10.300 18.300 30.700 4º Bienes provinciales. 2º Mejora, conservación y custodia de bienes provinciales. Sueldo de un jardinero de la Diputación. 1.200 Gratificación al ordenanza José Bermúdez como encargado de la calefacción central y de la bomba del Palacio provincial. 800 Para satisfacer los jornales incluso días festivos a razón de 4 pts diarias a las encargadas de la limpieza del Palacio provincial Josefa Pasarín, Natalia Silva y Aurelia Sánchez. 4.380 Para satisfacer los jornales incluso días festivos a razón de 3,50 pts diarias a la jornalera Mercedes Sánchez. 1.277,50 Sueldo de una telefonista, encargada de la centralilla de la Diputación. 1.800 Para reparar el mobiliario y comprar utensilios incluso máquinas de escribir. 3.000 12.457,50 12.457,50 5º Gastos de recaudación. 1º Gastos de recaudación de arbitrios, tasas o rentas provinciales. A los gestores del servicio de cédulas personales para premio de confección de padrones y cobranza de los mismos. 98.034,64 Para impresión de hojas declaratorias. 6.250 Para adquirir timbres, hojas declara- torias, talonarios y demás gastos simi- lares que sean causados por la recau- dación de arbitrios y tasas. 5.000 Para material de oficinas del Servicio de cédulas personales. 1.200 Para tarifar clasificar y organizar las cédulas personales. 900 Para confección de cédulas. 2.937,40 Sueldo de un botones del servicio de cédulas personales. 1.460 115.782,04 Idem. 6º 1º Personal y material. Personal y material de las oficinas. Personal técnico y administrativo: Sueldo del secretario de la Diputación con abono de 4 quinquenios. 18.160 Id. de un jefe de sección. 8.640 Id. de dos idem. a 8.440 pts. 16.880 Id. de 3 jefes de negociado de 1ª a 7.440 pesetas. 22.320 Id. de 3 jefes de negociado de 3ª a 6.360 pesetas. 19.080 Id. de 3 id. de 3ª a 6.360 pts. 19.080 Id. de 2 id. de 3ª a 6.280 pts. 12.560 Id. de 1 id. de 3ª a 6.240 pts. 6.240 Id. de 1 auxiliar. 4.000 Id. del Interventor con abono de 7 quinquenios el 7º a partir del día 1º de julio de 1934. 15.460 Id. del Depositario. 7.000 Id. del Director jefe de Vías y Obras con abono de un idem. 11.140 Id. de un ayudante de id. con abono de un quinquenio. 7.440 Honorarios fijos del Arquitecto pro- vincial. 2.800 Gratificación al Interventor por presu- puesto extraordinario (D.8-2-2-1934) 1.500 Id. al jefe de Negociado de 2ª D. Álva- ro Pintos. 2.000 Sueldo de 3 jefes de negociado de 1ª a 7.360 ptas. 22.080 177.300 Personal subalterno: Sueldo de un conserje con abono de un quinquenio. 4.320 Idem. de un ordenanza con abono de un idem. 4.050 Idem. de otro id. 3.250 11.620 Material de oficinas. De la Secretaría de la Diputación. 3.500 De la Intervención. 3.750 De la jefatura de vías y obras. 1.000 De la jefatura provincial de Adminis- tración. 750 De la Depositaría de la Diputación. 1.000 Del archivo de la id. 500 De la Junta provincial de beneficencia. 300 De "construcciones civiles". 250 Del negociado de reformas sociales. 150 De la presidencia de la Diputación provincial. 600 11.800 Indemnización fija a arquitecto por gastos de salida. 500 500 Destinos vacantes: sueldo de 2 oficiales a 5.000 pts. 10.000 Idem. de un tenedor de libros. 5.000 Idem. de 3 auxiliares a 3.000 pts. 9.000 24.000 225.220 2º Personal y material de los estableci- mientos provinciales. Inclusa provincial. Sueldo de 1 Administrador con abono de un quinquenio. 6.360 Id. del médico. 4.000 Para material de oficina de Admón. 650 11.010 3º Material de la Diputación y Comisión provincial. Para reintegro de libros de actas de la Diputación y Comisión. 600 Para material de oficina de la Diputación y Comisión provincial. 500 1.100 7º Salubridad e higiene. 3º Para subvencionar de carácter sa- nitario que lleven a cabo los aytº de la provincia. Al aytº de Vilagarcía para construcción de dos fuentes y un lavadero en Aralde. 2.500 Al aytº de Moaña para obras de arreglo de fuentes y lavaderos. 2.950 Al id. de Bueu para arreglo de fuente y lavadero denominado Tenxibeiras en Sabarigo. 1.000 Al aytº de A Estrada para reparar una fuente. 1.000 Al idem. de Cotobade para reparación de fuentes. 3.000 Al id. de Vilagarcía 1º plazo para cons- trucción de un Sanatorio para consul- tas y curación de enfermedades in- fecto-contagiosas. 16.666,66 27.116,66 27.116,66 8º Beneficencia 1º Atenciones generales de beneficencia. Gratificación al inspector de la benefi- cencia provincial. 5.000 2º Maternidad y expósitos. Para sostenimiento de la Inclusa pro- vincial. 50.615 Para sostenimiento del establecimien- to provincial de "Gota de Leche". 17.650 Subvención para sostenimiento de la "Gota de leche" de Vigo. 2.000 70.265 3º Hospitalización de enfermos. Para satisfacer los saldos mensuales que arrojen las cuentas rendidas por la Admón. del Gran Hospital provincial. 448.320 Para idem. idem. que arrojen las idem. rendidas por el Administrador del Sa- natorio "Gil Casares". 76.680 Para satisfacer estancias de enfermos pobres de esta provincia en hospitales de otras. 1.000 Para idem. idem. en leproserías. 16.080 Subvención anual al Hospital de Cuntis. 600 Idem. idem. al de Mondariz. 600 Idem. a la Institución Benéfica Siervas de María de Pontevedra. 1.250 Id. a la Casa Socorro de Pontevedra. 1.000 Id. a la idem. de Ponteareas. 1.500 547.030 4º Huérfanos y desamparados. Hospicio de Pontevedra: 105.800 es- tancias (290 diarias) de hospicianos a 1,35 pts por estancia. 125.506,25 Comida extraordinaria a los hospicia- nos el día 1º. 500 Para 154 estancias diarias de indigen- tes asilados por cuenta y orden de es- ta Diputación a 1,35 estancia. 75.883,50 Subvención anual al Asilo "Hermani- tas de los pobres" de Vilagarcía. 1.000 Idem. idem. a la Casa de Caridad de Vigo para su sostenimiento. 5.000 Para socorros domiciliarios y los que ocasionalmente concedan la Comisión provincial y el Presidente de la Diputa- ción. 3.500 221.389,75 5º Dementes. Para satisfacer estancias de dementes en el Manicomio de Conxo. 339.990 Para idem. en otros manicomios. 7.710 347.700 6º Servicios especiales. Subvención anual al Dispensario antituber- culoso de Pontevedra. 3.000 9º Calamidades públicas: para remediar las que puedan ocurrir en la provincia. 5.000 1.199.384,75 9º Asistencia social. 2º Otras instituciones de carácter social. Subvenciones. A la cocina económica de Pontevedra. 1.000 A la idem. de Vilagarcía. 1.000 A la junta de Socorros domiciliarios id. 500 A la cantina escolar de Pontevedra. 1.000 A la Caja foral. 3.000 Al depósito de pescadores de Cangas. 2.000 Para libretas de la Caja de Ahorros provincial que se repartirán entre expósi- tos y niños pobres de las escuelas mu- nicipales el día del Ahorro. 500 9.500 3º Obligaciones impuestas por las leyes. Para satisfacer a la Caja Regional del Retiro obrero, las cuotas correspondien- tes a obreros al servicio de esta Diputa- ción. 2.700 12.200 10º Instrucción pública. 1º Atenciones generales. Para atender a los gastos que ocasione la exposición anual de las obras de arte de los aspirantes a pensión. 500 5º Escuelas de sordomudos y ciegos. Para satisfacer estancias de sordomu- dos y ciegos de esta provincia en el Co- legio de ? (Vizcaya). 9.625 Al colegio de Sordomudos y ciegos de Santiago por subvención para sosteni- miento de anormales pobres de esta provincia, y sueldos y gratificaciones de los profesores de dichos colegios D. José Acuña y Dª Mª García Cabezas. 10.000 Para equipos de anormales. 1.200 Para gastos de viajes de anormales y sus acompañantes. 1.500 22.325 10º Otros establecimientos de cultura pública. Subvenciones. A la Sociedad Económica de amigos del país de Pontevedra. 750 Al Patronato del Museo provincial. 6.500 A la Sociedad Arqueológica de Ponte- vedra. 1.000 Al Seminario de Estudios Gallegos. 1.000 A la Sociedad Gimnástica de Pontevedra. 500 A la Sociedad Pro Monte de Santa Tecla. 2.000 A la Inspección de 1ª enseñanza de Pontevedra para colonias escolares. 3.000 Cuota anual de socio protector del Se- minario de Estudios Gallegos. 24 Para alquler de Casa habitación de dos maestros del Hospicio de Pontevedra. 1.600 Para material docente de dichas escuelas. 1.500 Gratificación al portero del Museo Arque- ológico de Pontevedra. 1.250 12 Subvenciones o becas Indemnización fija al cronista de la provincia. 5.000 Jornal de 1,75 pts diarias incluso festivos de una ayudante del maestro de la Cárcel. 638,75 Becas: Dos de pintura a 2.375 pts......4.750 Tres de escultura a 3.000 pts...9.000 Dos de artes industriales a 3.000 pts.6.000 Una de aguafuertista............................. 3.000 22.750 Subvenciones: Al patronato de la Escuela de Formación profesional de Vigo. 12.000 Al idem. de la idem. de Pontevedra. 4.000 A la Sociedad Coral Polifónica de Pontevedra. 2.000 Al Patronato de turismo. 8.000 Al aytº de A Estrada para erección de un monumento que perpetue la memoria del Mariscal Pardo de Cela. 500 26.500 11º Obras públicas y edificios provinciales. 1º Atenciones generales. Indemnización fija al jefe de vías y obras provinciales. 3.000 Id. id. al ayudante de id. 2.000 Id. del personal facultativo por trabajos de campo. 1.000 Al pagador de vías y obras para gastos de pagaduría. 500 Para material de estudios, replanteos, etc. 1.000 7.500 2º Construcción de caminos vecinales. Intereses y amortización debidos al Banco de Crédito Local de España. 252.788,77 Indemnización fija suplementaria por inspección de caminos vecinales al director de Vías y obras provinciales. 1.000 Para dietas y gastos de locomoción del personal de obras públicas. 1.320 Para satisfacer la diferencia entre el 40% con que los aytº contribuyen a la construcción de caminos vecinales y el tanto por ciento con que debieran contribuir según el Reglamento de 23 de julio de 1911. 20.000 Para satisfacer el 40% de caminos vecinales. 150.000 425.108,77 3º Reparación y conservación de caminos vecinales. Para este servicio. 63.594,40 4º Construcción de carreteras provinciales. Expropiaciones: de terrenos ocupados por la carretera de A Cañiza a Pousa. 25.000 De idem. para la carretera de Prado a Camanzo. 25.000 50.000 Para la construcción de la sección de Cru- ces a Ponte Ledesma. 5.000 Para construcción del trozo 1º de Prado a Camanzo. 33.330,03 38.8330,03 88.330,03 5º Reparación y conservación de cami- nos provinciales. Jornales de capataces y peones. 74.277,50 Para contrato de acopios y empleos de ma- teriales. 90.879 Para reparación de caminos provinciales, maquinaria, herramientas, arbolado y vi- veros. 35.000 200.156,50 8º Otras obras. Al Asilo Hermanitas de los ancianos de- samparados de Pontevedra para insta- lación de alumbrado eléctrico. 1.500 Al aytº de O Rosal para reparación de la rampa que desde la carretera de A Guar- dia a Fornelos da acceso al Barrio de Pan Centeno y Ficha. 3.000 Al aytº de Vilagarcía reparación del puen- te Lobeira en Aralde. 1.000 Al mismo aytº para reparación del cami- no de la Galufa. 1.500 Al aytº de Bueu para reparar el camino del lugar de A Torre de Cela. 5.000 Al aytº de A Estrada para arreglo de camino. 2.000 Al idem. de Ponteareas para alquitranado de la plaza. 3.000 Para subvencionar obras en el distrito Vigo-Tui. 3.000 20.000 9º Construcción de edificios provinciales. Para construcción de un pabellón en el Gran Hospital provincial. 5.000 10º Reparación y conservación de edificios provinciales. Para esta clase de gastos. 10.000 13º Montes y pesca. 1º Atenciones generales. Sueldos: Del ingeniero director del servicio de repoblación forestal. 7.500 Idem. del ayudante de idem. 6.000 Del delineante topógrafo. 5.000 18.500 Indemnizaciones fijas: Del director. 3.000 Del ayudante. 2.000 5.000 Gratificaciones: Del director. 2.500 Del ayudante. 1.000 Del oficial administrativo. 1.000 4.500 Indemnización fija al pagador por gastosde pagaduría. 1.000 Para material de oficina. 1.000 Para auxiliares de campo gastos de levantamiento de planos, etc. 3.500 Primer quinquenio del Director que vence en 15 enero 1934. 575 34.075 2º Fomento de la riqueza forestal. Sueldo de 12 guardias a 1.825 ptas anuales. 21.900 Sueldo de 6 encargados de cultivo de vivero y vigilantes de pastoreo a 1.500. 9.000 Id. de 2 capataces a 2.000 pts. 4.000 Id. de 2 guardas forestales del Monte Santa Tecla. 3.285 38.185 Conservación y cultivo del vivero. 18.000 Reparación de la casa actual del vivero. 3.500 21.500 Conservación de la 1ª zona de repoblación. 6.540 Idem. de las zonas 2ª, 6ª y 9ª. 26.734,50 33.274,50 Nuevas repoblaciones. 20.000 Para conservación y mejora del Monte de Santa Tecla. 3.000 Para construcción del trozo 3º del ca- mino forestal. 1ª zona. 43.290,29 Para idem. del idem. 2º del mismo camino. 15.000 174.249,79 14º Agricultura y ganadería. 1º Atenciones generales. Sueldo del Director del Servicio de In- vestigaciones biológicas aplicadas a la Agricultura y Ganadería. 15.000 8º Apicultura. Para fomento de la apicultura. 2.500 17.500 15º Crédito provincial. Uº Operaciones de crédito provincial. Para amortización e intereses del prestamo contratado por esta Diputa- ción con la Caja de Ahorros y Monte de Piedad municipal de Vigo según conve- nio de prórroga aprobado por la Junta de Gobierno de la citada Caja según su acuerdo de 11 de marzo de 1932. Para amortización 50.000 Para intereses 16.017,64 66.017,64 66.017,64 17º Devoluciones. 2º Por otros conceptos. Al personal facultativo de vías y obras las indemnizaciones que les correpon- den con arreglo al Decreto de 29 de sep- tiembre de 1926 más un resto del año anterior. 22.873,45 Para devolver a los ayuntamientos de la provincia lo que les corresponde por cédulas personales de 1932 según dispone el apartado N del art. 226 del Estatuto provincial. 136.007,02 158.880,47 Idem. 18º Imprevistos. Para los gastos no previstos en este presupuesto. 10.139,99 10.139,99 Total de la parte de gastos 3.266.726,97 Resumen Importa la parte de ingresos de este presupuesto: 3.266.726,97 Importa la parte de gastos de este presupuesto: 3.266.726,97 Nivelado. La Comisión Gestora de esta Diputación provincial en sesión del día de hoy acordó aprobar este presupuesto. Pontevedra, 4 de abril de 1934. El Presidente: José Viñas del Monte. Rubricado. El Secretario: José Ramos. Rubricado". No habiendo ningún Diputado que impugnara el presupuesto queda aprobado. Y se levantó la sesión a las catorce. ------
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