Fondos
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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
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13.002/3. Libro de actas da Comisión Asociada (03-01-1878/09-12-1878)
1878-02-04_Ordinaria. Acta de sesión 1878/02/04_Ordinaria
Acta de sesión 1878/02/04_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.11.13.002/3.1878-02-04_Ordinaria
Título Acta de sesión 1878/02/04_Ordinaria
Data(s) 1878-02-04 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 50 1. Han sido aprobados como lo fueron ya por el señor jefe económico los expedientes de partidas fallidas de la contribución territorial de los ayuntamientos siguientes: Soutomaior: 1872-1873, 1873-1874; Tomiño 1872-1873, 1873-1874, 1874-1875; Ribadumia 1870-1871, 1871-1872, 1872-1873, 1873-1874, 1874-1875 y 1875-1876; Cambados 1870-1871, 1871-1872, 1872-1873, 1873-1874, 1874-1875 y 1875-1876; Meaño 1870-1871, 1871-1872, 1872-1873, 1873-1874, 1874-1875 y 1875-1876 Covelo 1874-1875; Xeve 1874-1875; Bueu 1872-1873, 1873-1874, 1874-1875 y 1875-1876; Lalín 1870-1871, 1871-1872, 1873-1874, 1874-1875 y 1875-1876; Vilanova 1870-1871, 1871-1872, 1872-1873, 1873-1874, 1874-1875 y 1875-1876 y O Porriño 1870-1871, 1871-1872, 1872-1873, 1873-1874, 1874-1875 y 1875-1876. ------ Folla: 50 2. Igualmente ha sido aprobada la distribución de fondos para el mes actual cuyo total asciende a 86.963 pesetas 74 céntimos. ------ Folla: 50 3. Vistos los dictámenes de la Comisión a que pasaron las cuentas de los gastos hechos en obsequio a SM a su paso por la provincia, se aprobaron por unanimidad las correspondientes a los ayuntamientos que a continuación se expresan, abonándoles por cuenta de los fondos provinciales las cantidades que también se anotan: Cangas 400 pesetas; Barro 50 pesetas; Vigo 10.000 pesetas; Ponte Sampaio 125 pesetas; Carril 5.500 pesetas; Vilanova 250 pesetas; Meis 100 pesetas; Moaña 200 pesetas; O Grove por no haber hecho gastos abonables por la provincia, nada se le acredita sin perjuicio de poder datar en la cuenta municipal las 2122 pesetas, 50 céntimos que gastaron las comisionados que vinieron a la capital y Vilaboa 100 pesetas. ------ Folla: 50,51 4. Dado cuenta del informe emitido por la misma Comisión respecto a la cantidad que en su opinión debe abonarse al ayuntamiento de Pontevedra por los gastos que ha hecho para el objeto expresado [obsequio a SM] reduciendo la cifra de 14.732 pesetas 29 céntimos, a que asciende la cuenta a 7.500, se abrió discusión en la que han tomado todos los vocales presentes parte, y después de discutido el asunto se acordó por mayoría que se le abonase por cuenta de los fondos provinciales la suma de 10.000 pesetas. ------ Folla: 51 5. Vista la cuenta de los mirtos y laureles comprados en Sanxenxo, y la de su traslación a esta capital [visita de SM] con el objeto de reponer los que adornaban las calles y se habían secado, importante dicha cuenta por todos conceptos 91 pesetas 30 céntimos, se aprobó de conformidad con lo propuesto por la citada Comisión. ------ Folla: 51 6. Vista la consulta que en 9 del mes último ha hecho el ingeniero jefe de la provincia sobre si está en el caso de realizar el libramiento a justificar de 140 pesetas para hacer los estudios del trozo 1º del camino de Ponte Bora a Cotobade, toda vez que se ha publicado ya el plan de carreteras provinciales, se acuerda contestarle afirmativamente puesto que aquella carretera está comprendida en el plan antiguo y en el moderno, y por consiguiente es casi seguro que esta carretera debe formar parte del plan que en su día ha de ser aprobado por el Ministerio de Fomento, pidiendo en su virtud hacer efectivo dicho libramiento. ------ Folla: 51 7. Dado cuenta del expediente de expropiación forzosa de los terrenos que debe ocupar el trozo 1º del camino de Gondomar al ferrocarril de Ourense a Vigo, cuyo camino conduce a los baños de Caldelas y su importe es de pesetas 1.373 con 74 céntimos, se acuerda aprobarlo y que pase a la ordenación de pagos a los efectos correspondientes como así lo propone el negociado. ------ Folla: 51 8. De conformidad con lo propuesto por la sección se aprueban los presupuestos de gastos carcelarios de los partidos de Redondela y Ponte Caldelas. ------ Folla: 51 9. Vista la consulta que hace la contaduría sobre si la pensión concedida por la Excma. Diputación en 3 de noviembre último al soldado inutilizado José Ramón González debe ser de uno o dos reales diarios y desde qué fecha debe principiar a contarse, se acuerda decir a dicha contaduría que la pensión es la primitiva, o sea, la de un real diario y que esta pensión parte de la fecha de 14 de noviembre de 1876 que es desde que principiaron a cobrar la suya los demás pensionistas. ------ Folla: 51 10. Enterada esta Comisión de la instancia de los talladores de quintas pidiendo que se le conceda alguna gratificación por su trabajo en medir los del último reemplazo y rezagos anteriores, se acuerda conceder a los 7 talladores la gratificación de 200 pesetas a repartir entre todos, de conformidad con lo dispuesto en el art. 11 de la Ley de Reemplazo. ------ Folla: 51 11. Vista la reclamación de los medios que reconocieron los quintos del último reemplazo que presentó la secretaría con supresión de los que cada uno reconoció que ascienden en junto a 1.137? y su importe pesetas 2.842 con 50 céntimos se acuerda que pase a la ordenación de pagos para que cuando lo considere oportuno mande expedir el correspondiente libramiento; y toda vez ofrece alguna duda acerca de si esta cantidad debe ser reintegrada por los respectivos ayuntamientos elevase una consulta al Ministerio ------ Folla: 51 12. Habiendo manifestado el secretario de esta corporación que faltaban algunas medalla por entregar sin duda por olvido de los señores diputados, sin que se sepa con seguridad en poder de quién se hallan, se acuerda que se les dirijan a tantas cartas a los señores que aun no las entregaron, rogándoles se sirvan devolvérselas; y que a lo sucesivo y bajo la responsabilidad del secretario no se entreguen sin previo recibo. ------
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