Fondos
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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
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13.002/4. Libro de actas da Comisión Asociada (11-01-1879/23-12-1879)
1879-08-08_Ordinaria. Acta de sesión 1879/08/08_Ordinaria
Acta de sesión 1879/08/08_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.11.13.002/4.1879-08-08_Ordinaria
Título Acta de sesión 1879/08/08_Ordinaria
Data(s) 1879-08-08 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 62 1. Leída el acta de la sesión última ha sido aprobada. (Mugartegui vicepresidente, Besada, Guerra, Matos, Cea, Limeses, Patiño, Sanmartín). ------ Folla: 62 2. Lo ha sido asimismo [aprobada] la distribución de fondos para el mes de septiembre próximo. ------ Folla: 62 3. Con sentimiento se ha enterado la comisión de los telegramas que ha dirigido al señor gobernador el Excmo. señor ministro de la gobernación, participando que a consecuencia de un vuelco del carruaje que montaba SM el Rey, se ha dislocado este un brazo; y se acuerda manifestarle telegráficamente por conducto del Excmo. señor ministro de la gobernación el sincero y profundo sentimiento que a esta corporación ha causado tan lamentable desgracia. ------ Folla: 62 4. Vista la reclamación que en primero de julio último hizo el director del Hospital de San Lázaro de Sevilla, para que se le satisfagan 763 pesetas 50 céntimos por 519 estancias que devengó en dicho establecimiento el enfermo pobre José María Fernández Losada, natural de Viladesuso, se acuerda se pregunte al alcalde de Oia, si dicho enfermo posee algunos bienes y el tiempo que hace está en Sevilla. ------ Folla: 62,63 5. Dado cuenta del ilustrado y detenido informe que emitió la comisión encargada de proponer en vista de la legislación del ramo, lo que proceda para la mejora de los establecimientos balnearios de esta provincia, a fin de que puedan concurrir a ellos los enfermos pobres que los necesiten, 1º Que una comisión compuesta de los diputados del partido de Cambados, al que pertenece la isla de Louxo, se entienda con los dueños de los baños y los invite, bien a que faciliten local apropiado para recoger a los enfermos pobres, bien que cedan a la provincia por medio de documento solemne, los formales de casa en donde hasta aquí se vinieron albergando aquellos, a fin de que esta pueda atender a tal necesidad, costeando las obras necesarias para que exista allí un verdadero hospitalillo de su propiedad; porque no sería justo que emplee su dinero en edificar para particulares. 2º Que se encargue al ingeniero de montes, estudie si la isla de Louxo, en puntos próximos a los baños, es susceptible de conservar plantaciones de arbolado, averiguando si el terreno a propósito para el objeto es valdío, comunal o de particulares; y en todo caso expresando que especie o especies arbóreas podrán vegetar en aquella ingrata tierra, datos que la Diputación necesita recoger para cumplir por su parte con las indicaciones del art.º 23 del reglamento vigente. 3º Que se dé traslado de este informe después que sufra las alteraciones que la Diputación crea conveniente hacer en él, al señor gobernador de la provincia, encareciéndole la urgente necesidad de que dedique su preferentísima atención a este asunto, y obligue a los dueños de los baños de la provincia y especialmente a los de Louxo y A Toxa, que son los más abandonados, a montar los establecimientos con arreglo a las necesidades modernas y 4º Que se agregue a la comisión de diputados por el partido de Cambados el señor Sanmartín por ser conocedor del país. ------ Folla: 63 6. Vista una carta que dirigió al secretario de esta corporación el del periódico titulado "Anales de la construcción" pidiendo que se le abonen 100 reales por la suscripción a dicho periódico por lo que respecta al corriente año, se acuerda pagársela sólo por tres trimestres y se le diga que se suspende por ahora la suscripción. ------ Folla: 63 7. Habiéndose recibido 100 ejemplares del tomo 6º de la obra "Galería de gallegos ilustres" por la que se suscribió la Diputación Provincial en cinco de noviembre de 1874, se acuerda que se le pague la cantidad de 100 pesetas de su importe al representante del editor de su misma obra según la autorización que se acompaña, del mismo modo que se ha hecho con los otros tomos. ------ Folla: 63 8. Se acuerda que se de cuenta a la Diputación del repartimiento de la 3ª parte del importe de las obras acreditadas por el Gobierno en las carreteras del Estado en esta provincia. ------ Folla: 63 9. Visto el informe de la contaduría y de conformidad con el mismo, se acuerda no alzar la fianza al contratista de bagajes del año último hasta que satisfaga lo que adeuda al subcontratista del mismo servicio de Lalín, y no paguen el importe de los bagages suministrados en el distrito de Forcarei durante el 4º trimestre, a no acreditar por los medios legales estar completamente solventado, quedando por lo tanto estimada la retención de dicha fianza reclamada por los alcaldes de Lalín y Forcarei, a quienes se advertirá hagan entender a los reclamantes agiten con actividad los derechos ante los tribunales de justicia, si lo creen conveniente. ------ Folla: 63 10. Se acuerda someter a la resolución de la Diputación, lo que reclama la Junta Provincial de Instrucción Pública respecto del aumento de sueldo al tercer maestro de la Escuela Normal. ------ Folla: 63 11. De conformidad con lo propuesto por el negociado, se acuerda pasar a informe del ingeniero jefe, la instancia de José Castro, por si y a nombre de los vecinos de Codeseda, en el distrito de A Estrada, pidiendo que se construya una fuente en el pueblo de Sagrada. ------ Folla: 63,64 12. Vista la relación y liquidación de los reconocimientos que practicaron los facultativos en los mozos responsables del actual reemplazo, en el tiempo que media desde 12 de marzo último hasta 30 de junio siguiente, que importan al respecto de 2 pesetas 50 céntimos cada uno, 3.657 pesetas, 50 céntimos, se acuerda aprobarla y que pase a la ordenación de pagos, para los efectos oportunos. ------ Folla: 64 13. Dado cuenta de una instancia de los peritos talladores que actuaron en el reemplazo del corriente año, solicitando se les abone la indemnización que les corresponda, visto el artículo 136 de la ley de reclutamiento, se acuerda que a los cuatro talladores se les entregue 150 pesetas para repartir con igualdad entre todos ellos. ------ Folla: 64 14. Hallándose a punto de terminar la observación facultativa de los quintos que en actual reemplazo han sido declarados útiles condicionalmente, a indicación de la secretaría, se ocupó esta comisión de la gratificación que, en recompensa de su trabajo, debe aprobarse para el facultativo ? encargado de ella, y vistos los antecedentes de otros servicios análogos empleados en años anteriores, se acuerda que al expresado facultativo se le abonen 375 pesetas. ------ Folla: 64 15. Dado cuenta de la escritura de fianza otorgada por el depositario de los fondos provinciales DonTelesforo Fonseca a fé del notario Don Valentín García Escudero en la cual figura como dueño del papel depositado Don José Hermida Baptista, y la esposa de aquel Doña María Buceta Fernández, se aparta de toda vez las manos contra la fianza, y resultando que este documento comprende más que las 30.000 pesetas señaladas por la Diputación para garantir la gestión de dicho destino, se acuerda se le de la correspondiente posesión al depositario nombrado, sin perjuicio de que a la mayor brevedad supla, con una segunda escritura, la omisión que ha notado la contaduría, de no haberse cumplido lo preceptuado por el art.º nº 15 de la real orden de 28 de noviembre de 1878, en cuando no se ha hecho extensiva la fianza a la persona que el expresado depositario elija para sustituirle por causas de enfermedad o ausencia. ------
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